Con este último seminario se cierra el ciclo de conferencias que nos han permitido conocer todas las piezas que conforman la intervención con la infancia. Este seminario ha tenido por temática los Equipos de Tratamiento Familiar (ETF).
Como en todas las entradas que he realizado sobre el tema, existe una legislación, tanto nacional (Constitución, Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor) como autonómica (Ley 2/88 de Servicios Sociales,) que conforma el marco legal para la intervención con la infancia y la familia. Sin embargo, como este marco legal ya lo hemos comentado en otras entradas, voy a situar directamente este recurso dentro del Sistema de Atención a la Infancia Programa de Tratamiento a Familias con Menores se viene desarrollando mediante la suscripción de Convenios con las Corporaciones Locales que permiten definir y financiar el mismo. En Andalucía, la definición del Programa de Tratamiento asegura su integración en el conjunto que configura el Sistema de Servicios Sociales. La materialización de este programa serian los ETF, formados por equipos interdisciplinares en los que participan psicólogos/as, trabajadores/as sociales y educadores/as sociales que se distribuyen por todos los municipios andaluces.
Como ya hemos dicho, este recurso forma parte de los Servicios Sociales Comunitarios, sin embargo, según el grado de riesgo en el que se encuentre el menor intervendrán uno u otro recurso. Los SS.SS Comunitarios serian el primer nivel de atención. Su finalidad sería la de prevenir, detectar, intervenir y reinsertar a través de los programas existentes. Ante una situación de riesgo moderado los ETF sería el nivel competente para estos casos y ante una situación de riesgo grave intervendría el Sistema de Protección de Menores. Sin embargo, a pesar de que sus competencias y niveles estén determinados se trata de una red integrada de intervención, en la que todos los niveles están interrelacionados.
En general, los ETF tienen un carácter preventivo y una doble finalidad: por un lado evitar la separación del menor de su núcleo familiar, trabajando con este último la adquisición de pautas y conductas que compensen la situación de riesgo; y por otro lado, promover cuando sea posible, la reunificación familiar ante casos en los que con anterioridad se adoptaron medidas de protección hacia el menor.
A pesar de que a la hora de intervenir hay que tener en cuenta los cambios que han ocurrido en la familia, los factores de riesgo como los problemas de adicciones, discapacidad, aislamiento social, marginación, etc. existen una serie de indicadores de riesgo que pueden orientarnos a la hora de que se produzca una intervención.
Desde los ETF se realiza, como ya hemos dicho, un trabajo interdisciplinar en diferentes áreas. Desde la perspectiva educativa podemos destacar:
La intervención de los ETF se finaliza tras un periodo concreto de entre uno y dos años. Pasado este tiempo, hay que cerrar el expediente con el fin de evitar la cronificación y dependencia de la intervención. Sin embargo, tal y como destacó la profesional una vez que se cierra el expediente, el seguimiento de la familia es escaso, y en todo caso se llevaría a cabo desde los Servicios Sociales Comunitarios.
Para terminar esta entrada me gustaría destacar dos cuestiones que me han llamado la atención especialmente de todo lo expuesto durante el seminario. Por un lado creo importante destacar de los ETF, es que se trata de un recurso voluntario, es decir, la familia tiene que querer participar en él. Por ello, uno de los aspectos que destacó la educadora durante su exposición fue el hecho de tener que “enganchar” a la familia, de motivarla a trabajar de forma continua. Desde su experiencia personal y su forma concreta de trabajar nos dijo que en su opinión era bueno compartir la información realmente con la familia, ya que eso permite trabajar con mayor confianza y sinceridad por ambas partes. En mi opinión y a pesar de mi falta de experiencia, creo que aunque compartir la información con la propia familia puede ser una dificultad añadida otorga al trabajo realizado una mayor profesionalidad, ya que, aunque habrá cosas que no se puedan compartir con la familia, permite trabajar en un plano de igualdad. Por otra parte, también me llamó la atención que desde los ETF sólo se trabaja con la familia si existen menores en el domicilio o si hay perspectivas de reunificación familiar. En mi opinión, entiendo que debido a lo limitado de los recursos disponibles y la gran demanda de situaciones que los requieren, hay que priorizar la atención de un recurso destinado a las familias, a aquellas en las que exista un menor en riesgo, ya que su vulnerabilidad hace que sea más importante intervenir. Sin embargo también opino, que aunque insisto, hay que priorizar el bienestar del menor, se debe intervenir con la familia, ya que aunque el niño sea retirado, el problema sigue existiendo y la raíz de él está en el contexto familiar, por lo que se debe de intervenir en él.
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